112
Artículo 112.- Plazos para el
Tribunal. El
trámite ante el Tribunal Ambiental Administrativo no estará sujeto a ninguna formalidad. La
denuncia podrá presentarse por cualquier medio de comunicación, incluso oral. Cuando no sea escrita,
deberá ratificarse durante
los siguientes ocho días naturales.
Presentada la denuncia ante una autoridad que no sea el
Tribunal Ambiental Administrativo,
esta deberá remitírsela al Tribunal para su atención y trámite en un término no mayor de
tres días.
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