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Artículo 38.- Funciones del administrador. Corresponde al
administrador realizar las tareas de administración y organización que le
encomiende su superior, así como asesorarlo en los aspectos
administrativos y presupuestarios.
Además de lo indicado, tendrá a su cargo el archivo general, la
organización y supervisión de las unidades o secciones administrativas y
expedirá certificaciones.
Será también el enlace entre la jefatura y los demás órganos,
oficinas y servidores del Ministerio Público.
A su cargo estará la recepción y distribución de documentos y
comunicaciones, así como la atención del público en la sede de la
Fiscalía General.
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