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ARTICULO 6
Disposiciones Generales
1. El presente Acuerdo entrará en vigor en el momento de ser
depositada su ratificación.
2. Las disposiciones de este Acuerdo no se aplicarán a la asistencia
técnica concedida al Gobierno por las Organizaciones en virtud de sus
programas ordinarios de asistencia técnica, en los casos en que esos
programas ordinarios de asistencia técnica se rijan por cualquier acuerdo
que el Gobierno y dichas Organizaciones puedan concertar a ese efecto.
3. El presente Acuerdo podrá ser modificado por acuerdo entre las
Organizaciones interesadas y el Gobierno. Toda cuestión pertinente que
no haya sido objeto de la correspondiente disposición en el presente
Acuerdo será resuelta por las Organizaciones interesadas y el Gobierno,
en conformidad con las resoluciones y decisiones pertinentes de las
Asambleas, conferencias, consejos y otros órganos de las Organizaciones.
Cada una de las Partes en el presente Acuerdo deberá examinar con toda
atención y ánimo favorable cualquier propuesta que la otra Parte presente
para llegar a tal acuerdo.
4. Todas o cualquiera de las Organizaciones, en cuanto les interese
respectivamente, o el Gobierno podrán dar por terminada la vigencia del
presente Acuerdo mediante notificación por escrito a las otras Partes,
debiendo terminar la vigencia del Acuerdo 60 días después de la fecha de
recibo de dicha notificación.
En fe de lo cual, los abajo firmantes, representantes debidamente
designados de las Organizaciones y del Gobierno respectivamente, han
firmado en nombre de las Partes el presente Acuerdo en Costa Rica el día
veintisiete de agosto de mil novecientos sesenta y tres, en dos
originales en idiomas español e inglés.
POR EL GOBIERNO DE COSTA RICA
Licenciado Daniel Oduber Quirós,
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Por las Naciones Unidas, la Organización Internacional del Trabajo,
la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la
Alimentación, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación,
la Ciencia y la Cultura, la Organización de Aviación Civil Internacional,
la Organización Mundial de la Salud, la Unión Internacional de
Telecomunicaciones, la Organización Meteorológica Mundial, el Organismo
Internacional de Energía Atómica y la Unión Postal Universal.
Dr. L. M. Ramírez-Boettner,
Representante Regional de la Junta de Asistencia Técnica de Naciones
Unidas y Director de los Programas del Fondo Especial en Centroamérica.
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