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Artículo 4º.- La COABIO
tendrá dentro de sus objetivos específicos
los siguientes:
a) Asesorar a las instancias del CONADES en lo referente a la
aplicación de los instrumentos internacionales
aprobados por el
país, en relación a la legislación vigente en esta
materia.
b) Asesorar al CONADES en lo referente a la obtención de recursos
financieros, que permitan realizar los proyectos en
biodiversidad, dentro del marco del desarrollo
sostenible.
c) Impulsar programas que contribuyan a la educación y
capacitación de los ciudadanos costarricenses, en
actividades
relacionadas con la Convención sobre la Diversidad Biológica.
d) Promover programas y actividades en conjunto con otros países
del área.
(Corregido mediante el artículo 1° del
Decreto Ejecutivo N° 24675 de 8 de agosto de 1995).
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