Artículo 62.Construcción
por etapas. En el cartel de la licitación deberá establecerse si la construcción se
realizará en una o varias etapas, durante el período de vigencia del contrato de
concesión, de conformidad con el cumplimiento de los niveles de servicio previamente
establecidos, así como los plazos y condiciones a que ellas se sujetarán.
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