Artículo 66: De conformidad con lo establecido en los Decretos Ejecutivos Nº
25066-MINAE y 25067-MINAE, publicados en La Gaceta Nº 76 del 22 de abril de 1996,
corresponderá a la O.C.I.C, gestionar ante organizaciones públicas o privadas a nivel
internacional, el pago de servicio ambiental de mitigación de emisiones de gases con
efecto invernadero.
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