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CAPÍTULO VI
DISPOSICIONES FINALES
ARTÍCULO 25.- Carrera Administrativa
Créase la carrera administrativa del Instituto Nacional de las
Mujeres. Para regularla, la Junta Directiva establecerá, mediante
reglamento interno, los procedimientos referentes al ingreso de los
empleados al servicio de la Institución, las garantías de estabilidad, los
deberes y derechos laborales, la forma de llenar las vacantes, las
promociones, las causas de remoción, la escala de sanciones y el trámite
para juzgar las infracciones.
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