CAPITULO X
Disposiciones transitorias
Transitorio 1º.- Considerando que para el logro de una
eficiente organización acorde con los objetivos legales y reglamentarios
propuestos es necesario un cambio estructural, la Dirección ordenará los
movimientos de personal que correspondan. De conformidad con la legislación
vigente en el régimen de empleo público, no se concretará ninguna supresión
de similares, puestos hasta tanto no se haya cumplido con los procedimientos
constitucionales y legales existentes.
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