Transitorio
2º.- Queda facultada la Dirección para que, dentro del proceso de
reorganización que se está desarrollando, pueda trasladar aquellos
servicios que se determinen para que sean brindados bajo los esquemas que
sean permitidos por la legislación vigente.
. Dado en la Presidencia de la
República.- San José, a los treinta días del mes de mayo de mil novecientos
noventa y seis.
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