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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26095 >> Fecha 30/05/1997 >> Articulo 180
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26095 - Articulo 180
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Artículo 180
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    Artículo 180°—El Recurso de Reposición contra el acto final del Jerarca se regulará por las disposiciones contenidas en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa y Ley General de la Administración Pública.

    (Así corrida su numeración por el artículo 3° del decreto ejecutivo  N° 34972 del 4 de noviembre de 2008, que lo traspasó del anterior artículo 167 al 180 actual).

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