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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26095 >> Fecha 30/05/1997 >> Articulo 167
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26095 - Articulo 167
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Artículo 167
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Artículo 167°—El Recurso de Reposición contra el acto final del Jerarca se regulará por las disposiciones contenidas en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa y Ley General de la Administración Pública.

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