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Decreto Ejecutivo :
26095
del
30/05/1997
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Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Justicia y Gracia
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Ente emisor:
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Poder Ejecutivo
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Versión de la norma: 1 de 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26095 - Articulo 171
Artículo 171
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Versión del artículo: 1
de 2
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Siguiente
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Artículo 171 °Si
existiere algún vicio de forma de los que originan nulidad conforme se indica en la Ley
General de la Administración Pública, se ordenará retrotraer el expediente al momento
en que el vicio fue cometido salvo posibilidad de saneamiento o convalidación.
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