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 Normativa >> Ley 7732 >> Fecha 17/12/1997 >> Articulo 69
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Normativa - Ley 7732 - Articulo 69
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Artículo 69
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69

ARTÍCULO 69.- Suministro obligatorio de información

Las sociedades administradoras estarán obligadas a suministrar

información oportuna y veraz sobre su situación y la de los fondos que

administran, de acuerdo con lo que dicte la Superintendencia. De igual

forma, los inversionistas tendrán derecho a que se les suministre toda la

información necesaria para tomar decisiones.

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