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ARTÍCULO 49.- Reporto
El reporto es un contrato por el cual el reportado traspasa en
propiedad, al reportador, títulos valores de una especie dada por un
determinado precio, y el reportador asume la obligación de traspasar al
reportado, al vencimiento del plazo establecido, la propiedad de otros
tantos títulos de la misma especie, contra el reembolso del precio, que
puede ser aumentado o disminuido en la medida convenida. Este contrato se
perfecciona con la entrega de los títulos.
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