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 Normativa >> Ley 7732 >> Fecha 17/12/1997 >> Articulo 49
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Normativa - Ley 7732 - Articulo 49
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Artículo 49
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49

ARTÍCULO 49.- Reporto

El reporto es un contrato por el cual el reportado traspasa en

propiedad, al reportador, títulos valores de una especie dada por un

determinado precio, y el reportador asume la obligación de traspasar al

reportado, al vencimiento del plazo establecido, la propiedad de otros

tantos títulos de la misma especie, contra el reembolso del precio, que

puede ser aumentado o disminuido en la medida convenida. Este contrato se

perfecciona con la entrega de los títulos.

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