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 Normativa >> Ley 7732 >> Fecha 17/12/1997 >> Articulo 26
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Normativa - Ley 7732 - Articulo 26
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Artículo 26
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26

ARTÍCULO 26.- Tarifas por comisiones

Las tarifas por comisiones en los mercados secundarios se

determinarán libremente. Las tarifas vigentes deberán darse a conocer al

público de conformidad con lo que disponga la Superintendencia. Para estos

efectos y con el objeto de garantizar la libre fijación de las tarifas, la

Superintendencia deberá denunciar ante la Comisión para promover la

competencia, los casos de prácticas o tendencias monopolísticas, sin

perjuicio de las potestades sancionatorias que esta ley le confiere.

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