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ARTÍCULO 45.- Adición a la Ley No. 1581
Adiciónase al artículo 5 del Estatuto del Servicio Civil, Ley No.
1581, de 30 de mayo de 1953, un nuevo inciso k) cuyo texto dirá:
"Artículo 5.- [...]
k) Los funcionarios de la Comisión nacional de prevención de riesgos
y atención de emergencias, sujetos al párrafo 2 del artículo 18 de su ley.
[...]"
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