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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 27502 >> Fecha 20/11/1998 >> Articulo 31
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Normativa - Decreto Ejecutivo 27502 - Articulo 31
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Artículo 31
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Artículo 31.—Las infracciones al presente reglamento serán sancionadas conforme a las disposiciones contenidas en la Ley General de Salud.

 

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