Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 27502 >> Fecha 20/11/1998 >> Articulo 1
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 1     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 27502 - Articulo 1
Ir al final de los resultados
Artículo 1    Tipo: Transitorio
Versión del artículo: 1  de 1

TRANSITORIOS

Transitorio I.—Las fábricas que no cumplan con la Ubicación según lo establece el Reglamento de Zonificación Parcial de Áreas Industriales de la Gran Área Metropolitana o los Planes Reguladores Municipales respectivos, el Ministerio valorará su ubicación respecto a Centros de Población, Centros hospitalarios, Centros Educativos y Asilos de Ancianos; tomándose en cuenta la seguridad común, definiendo su permanencia o su reubicación en un plazo de un año, prorrogable en períodos iguales, siempre que el interesado haya demostrado ante la Autoridad de Salud el interés de reubicarse en un sitio permitido, previa aprobación de las Autoridades Competentes.

Ir al inicio de los resultados