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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25584 >> Fecha 24/10/1996 >> Articulo 99
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Normativa - Decreto Ejecutivo 25584 - Articulo 99
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Artículo 99
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    Artículo 99.—Venta de equipos al usuario final

    Para la exención de los impuestos selectivo de consumo, ad-valorem, de ventas y el estipulado en la ley N° 6946 del 14 de enero de 1984, al usuario final el fabricante, importador o distribuidor deberá indicar en la factura que dicho producto se encuentra exento de los impuestos antes mencionados de acuerdo al artículo 38 de la ley N° 7447.

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