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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25584 >> Fecha 24/10/1996 >> Articulo 35
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Normativa - Decreto Ejecutivo 25584 - Articulo 35
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Artículo 35
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    Artículo 35.—Contenido de los contratos

    Los contratos de incentivos establecidos en el artículo 11 de la Ley deberán cumplir como mínimo los siguientes requisitos:

a) Calidades de los comparecientes.

b) Obligaciones del particular: tipo de proyecto, lugar en el cual se realizará, inversiones a realizar, maquinaria a ser adquirida, tiempo de implantación, costo del proyecto, resultados esperados, compromiso de presentar informes periódicos, disponibilidad de información, acceso al local y a la información técnica y contable generada y pago del costo de seguimiento y verificación a la institución otorgante, previo al desembolso de cualquier beneficio, según lo establecido en el artículo 20 de este reglamento.

c) Derechos del particular: tipo y monto del incentivo otorgado, plazo, tipo de interés, garantías.

d) Fecha de vigencia.

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