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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25584 >> Fecha 24/10/1996 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 25584 - Articulo 2
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Artículo 2    Tipo: Transitorio
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    Transitorio II.—Aplicación de los criterios técnicos para las exoneraciones tramitadas antes de la publicación de este reglamento.

    Para la exoneración de materias primas y productos finales adquiridos en el exterior que se hayan efectuado con antelación a la publicación del presente reglamento regirán los criterios técnicos diseñados por la Dirección Sectorial de Energía.

    A tales efectos el interesado deberá demostrar a la Administración, mediante los documentos idóneos, que la compra se efectuó en el exterior con un mes de antelación.

    Transcurrido el plazo establecido y para las posteriores compras en el exterior o importaciones, regirán las disposiciones contenidas en este reglamento.

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