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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25908 >> Fecha 24/03/1997 >> Articulo 8
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<<     Artículo 8     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 25908 - Articulo 8
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Artículo 8    (No vigente*)
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    Artículo 8°—Tres miembros formarán quórum y las decisiones se adoptarán por mayoría simple. En caso de empate, el representante del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, tendrá voto calificado.

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