CAPITULO XVIII
Evaluación de Desempeño
Artículo 83°-
El sistema de evaluación del desempeño aquí descrito está dirigido a los servidores
regulados por el Título I del Estatuto de Servicio Civil, y se regirá por lo estipulado
en el artículo 13 inciso c) del mismo; los artículos 41,42,43 y 44 del Reglamento y
conforme al Manual de Procedimientos para la Evaluación del Desempeño de los citados
servidores, que emitió la Dirección General del Servicio Civil.
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