Artículo 89°- De
las manifestaciones del Hostigamiento Sexual. Serán tipificadas como
manifestaciones del Acoso Sexual las siguientes:
1°-
a) Promesa,
implícita o explícita, de un trato preferencial, respecto de la situación actual o
futura, de empleo o de estudio de quien la reciba.
b) Amenazas,
explícitas o implícitas, físicas o morales, de daños o castigos referidos a la
situación, actual o futura, de empleo o de estudio de quien las reciba.
c) Exigencia de
una conducta cuya sujeción o rechazo sea, en forma explícita o implícita, condición
para el empleo o estudio.
2°- Uso de
palabras de naturaleza sexual, escritas u orales, que resulten hostiles, humillantes y
ofensivas para quien las reciba.
3°-
Acercamientos corporales u otras conductas físicas de naturaleza sexual, indeseados y
ofensivos para quien los reciba.
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