Artículo
4°-Porcentaje aplicable a los ingresos brutos. Los ingresos brutos
anuales producto de la actividad realizada determinarán el monto del impuesto
de patentes, que le corresponde pagar a cada contribuyente. Se aplicará el dos
por mil (2X 1000) sobre los ingresos brutos. Esta suma
dividida entre cuatro determinará el impuesto trimestral por pagar, el cual
deberá cancelarse durante el primer mes de cada trimestre. En
el caso de personas físicas o jurídicas amparadas bajo el régimen
simplificado, se calculará el respectivo impuesto sobre las compras brutas
anuales.
El
total de los ingresos brutos anuales de actividades que no hayan operado durante
el periodo fiscal anterior, sino sólo durante una parte de él se determinarán
con base en el promedio mensual obtenido en los meses declarados y así,
proporcionalmente, se establecerá este tributo. El monto declarado se divide
entre el número de meses presentados en la declaración y se obtiene el
promedio mensual que multiplicado por doce resultará en el ingreso promedio
anual.
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