Artículo 16°.-Autorización.
Autorízase a la Municipalidad de Valverde Vega para que dicte el reglamento
correspondiente, con el fin de hacer eficaz el cumplimiento de la presente ley
y adopte las medidas administrativas necesarias para aplicarlo, en un plazo
máximo de sesenta días contados a partir de la publicación de esta ley.
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