Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26894 >> Fecha 22/01/1998 >> Articulo 3
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 3     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 26894 - Articulo 3
Ir al final de los resultados
Artículo 3
Versión del artículo: 1  de 1

CAPITULO SEGUNDO

 

Funciones del Departamento de organizaciones Sociales y Registro de Sociedades Anónimas Laborales

 

            Artículo 3°-El departamento tendrá a su cargo estudiar previamente y autorizar o denegar, para su inscripción en el registro Mercantil, las escrituras constitutivas de las sociedades que pretendan inscribirse como anónimas laborales.

            También realizará dichas funciones, respecto de todo tipo de nombramiento y de modificaciones del pacto social de las sociedades anónimas laborales, de previo a su inscripción en el citado Registro.

            El Departamento dispondrá de diez días hábiles, a partir del recibo de los documentos, para emitir la resolución que corresponda. Vencido este término sin que se produzca dicho acto, la inscripción se tendrá por autorizada.

Ir al inicio de los resultados