Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26894 >> Fecha 22/01/1998 >> Articulo 56
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 56     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 26894 - Articulo 56
Ir al final de los resultados
Artículo 56
Versión del artículo: 1  de 1

    Artículo 56.—Para el mejor cumplimiento de sus finalidades, el I.S.A.L., tiene las siguientes funciones y atribuciones generales:

a) Administrar, por medio de la Fundación Pro Ciencia, Arte y Cultura de la Universidad, los recursos financieros internos y externos que la Ley le otorga, así como los que les concedan el Estado y sus Instituciones, u otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, para fomentar la investigación, el desarrollo, el asesoramiento y la capacitación administrativa, técnica y jurídica de las sociedades anónimas laborales.

b) Promover la formación y creación de sociedades anónimas laborales.

c) Divulgar las sociedades anónimas laborales en todas sus formas y manifestaciones. Al efecto, establecerá con preferencia cursos permanentes sobre legislación, administración, contabilidad y finanzas, gerencia, mercadeo y toda actividad que promueva un amplio espíritu laboral.

d) Dar asistencia técnica a las sociedades anónimas laborales en cuanto a estudios de factibilidad, en la formulación, evaluación y ejecución de programas y proyectos. Dicho asesoramiento podrá realizarse por medio de firmas consultoras que trabajen como sociedades anónimas laborales, las cuales tendrán prioridad en la contratación de este tipo de servicios.

e) Realizar investigaciones sobre los diferentes aspectos empresariales, temático-sectoriales y áreas de desarrollo de las sociedades anónimas laborales, con el fin de fortalecer su consolidación como subsector social de la economía.

f) Llevar estadísticas completas de las sociedades anónimas laborales y proporcionar la información relacionada con éstas, a entidades nacionales e internacionales.

g) Colaborar con las instituciones del Estado en la elaboración de los planes de desarrollo nacional y en los programas que promuevan las sociedades anónimas laborales, así como servir de órgano consultivo nacional en materias relacionadas con la conceptualización, doctrina y métodos de dichas sociedades.

h) Evacuar las consultas ordenadas por la Constitución Política sobre proyectos de ley que guarden relación con las sociedades anónimas laborales.

i) Realizar estudios de libros de actas y de contabilidad, así como cualesquiera otros de similar naturaleza de las sociedades anónimas laborales, cuando lo soliciten los cuerpos representativos de dichas organizaciones o el Departamento y proceda conforme a derecho.

j) Cualesquiera otras que sean procedentes según su naturaleza.

Ir al inicio de los resultados