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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26894 >> Fecha 22/01/1998 >> Articulo 46
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26894 - Articulo 46
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Artículo 46
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    Artículo 46.—El ejercicio administrativo y financiero de Ias federaciones y confederaciones durará un año. En la primera quincena de cada período, la asamblea se reunirá ordinariamente para conocer, aprobar o improbar los informes del Presidente, del tesorero y del Fiscal, acerca de las gestiones realizadas durante el ejercicio inmediato anterior.

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