Artículo 12.Para
su inscripción en el Registro Mercantil, todos los nombramientos que se realicen, así
como cualquier modificación del pacto social, deben obtener previamente la autorización
de! Departamento.
Es obligación del
administrador o de la junta directiva de la sociedad, según se trate, comunicar al
Departamento las citas fieles y exactas de inscripción en el Registro Mercantil, de los
indicados nombramientos y modificaciones.
|