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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26894 >> Fecha 22/01/1998 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26894 - Articulo 4
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Artículo 4
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    Artículo 4°—Toda sociedad anónima laboral deberá celebrar una Asamblea General de Accionistas y crear un estatuto o reglamento interno de funcionamiento, adicional a la escritura constitutiva.

    Dicho estatuto deberá inscribirse en el Registro Mercantil, en un plazo máximo de seis meses a partir de la fecha de inscripción de la sociedad, previa autorización del Departamento.

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