Artículo 5ºFunciones de los centros de atención
integral. Los centros de atención integral deberán cumplir, al menos, las siguientes funciones:
a) Estimular el desarrollo de las
personas menores en un ambiente de libertad y seguridad, que les facilite el proceso de aprendizaje.
b) Facilitar la recreación y el
desarrollo psicosocial de las personas menores.
c) Velar por las necesidades primarias de
salud y nutrición de las personas menores.
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