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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 27008 >> Fecha 20/03/1998 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 27008 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3. Toda persona que haciendo uso de este reglamento técnico encuentre errores tipográficos, ortográficos, inexactitudes o ambigüedades, podrá notificarlo sin demora al Ministerio de Obras Públicas y Transporte, aportando si fuese posible, la información correspondiente para que sea efectuada las investigaciones pertinentes y tome las previsiones correspondientes.

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