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 Normativa >> Ley 7762 >> Fecha 14/04/1998 >> Articulo 38
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Normativa - Ley 7762 - Articulo 38
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Artículo 38
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38

Artículo 38.- Régimen aplicable a las relaciones del concesionario

En lo referente a derechos y deberes con terceros, el concesionario se regirá por las normas del Derecho Privado. Será responsable ante la Administración concedente por los daños y perjuicios que puedan derivarse de cualquier subcontratación.

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