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 Normativa >> Ley 7979 >> Fecha 06/01/2000 >> Articulo 4
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Normativa - Ley 7979 - Articulo 4
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Artículo 4
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ARTÍCULO 4.- Deróganse el segundo párrafo del artículo 2, el segundo párrafo y la última frase del literal ch) del párrafo tercero, ambos del artículo 14 de la Ley de patentes de invención, dibujos y modelos industriales y modelos de utilidad, No. 6867, de 25 de abril de 1983.

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