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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 28922 >> Fecha 18/08/2000 >> Articulo 75
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Normativa - Decreto Ejecutivo 28922 - Articulo 75
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Artículo 75
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    Artículo 75.—Sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República, corresponde al Instituto velar por que la entidad deportiva a la cual se le ha girado algún aporte cumpla con darle el destino correspondiente a ese aporte en los términos en que fue convenido, por lo que tendrá acceso a toda información y documentación que considere pertinente para el ejercicio de sus funciones

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