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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 28922 >> Fecha 18/08/2000 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 28922 - Articulo 4
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Artículo 4
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CAPÍTULO II

El Congreso Nacional del Deporte y la Recreación   

        Artículo 4º—Para acreditar a representantes y participantes en el Congreso Nacional del Deporte y la Recreación, las Federaciones Deportivas de Representación Nacional deberán presentar a la Dirección Nacional del ICODER la propuesta de los nombres que correspondan, indicando el número de acuerdo, número de acta y fecha, firmada por el representante legal de la entidad.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 35308 de 20 de febrero de 2009.)

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