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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 28922 >> Fecha 18/08/2000 >> Articulo 73
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Normativa - Decreto Ejecutivo 28922 - Articulo 73
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Artículo 73
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    Artículo 73.--Para realizar los desembolsos de los recursos presupuestados del Fondo de Selecciones Nacionales, la entidad deberá presentar al Instituto, como requisito previo:

a) Cronograma de actividades.

b) Evaluación médica de los atletas.

c) Informe de evaluación técnica de los entrenadores.

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