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ARTICULO 21.-Todo médico que visite una persona atacada de
enfermedad contagiosa de las que se especifican en el artículo 22 o que
sospeche que lo está, dará cuenta de ello por escrito a la Jefatura de Sanidad
correspondiente o a la Subsecretaría de Higiene y Salud Pública a m s
tardar 24 horas después de que haya establecido el diagnóstico cierto o
probable de la enfermedad e indicar el número de personas enfermas y
exacta residencia. El parte se dar inmediatamente si se trata de un caso manifiesto
o sospechoso de cólera morbus, fiebre amarilla, peste
bubónica o viruela.
La obligación de declarar la existencia de estos casos recae
igualmente sobre los médicos en el ejercicio de su clientela particular, como
sobre los que desempeñan servicios nacionales o municipales, y se refiere a los
casos de las enfermedades contagiosas dondequiera que se encuentren.
Solidariamente con el médico, estarán obligados a dar el respectivo aviso los
dueños o administradores de hoteles, directores de asilos, de fábricas, de
casas de salud, de escuelas y colegios o de otros establecimientos públicos o
privados, quienes incurrirán en la pena respectiva si se demostrare que
conocían el caso por aviso del médico.
Si el enfermo atacado de alguna enfermedad de declaración
obligatoria ha sido visto en primera ocasión por dos o más médicos en consulta,
corresponde dar cuenta al que se haga cargo de la asistencia o si ninguno se
hace cargo de ‚esta, al primero que lo hubiese visto o reconocido. El médico
dará igualmente parte de los casos de declaración obligatoria que acudan a su
gabinete de consultas, expresando esta circunstancia en el parte con el nombre,
domicilio y demás datos del enfermo.
El médico de cabecera o el de un hospital, enfermería, casa
de salud, asilo, escuelas y otros establecimientos de igual naturaleza,
informar en su oportunidad a la autoridad de sanidad respectiva o a la
Subsecretaría de Higiene y Salud Pública del resultado final de cada caso que
haya declarado.
El uso del telégrafo y el correo para trasmitir las
declaraciones de enfermedades contagiosas ser siempre gratuito.
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