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 Normativa >> Ley 52 >> Fecha 12/03/1923 >> Articulo 55
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Normativa - Ley 52 - Articulo 55
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Artículo 55    (No vigente*)
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55

ARTICULO 55.-Se autoriza la expropiación, por causas de utilidad pública, de las vertientes con sus respectivos perímetros de protección y de los cursos de agua que hayan sido reconocidos

como necesarios para la provisión de agua potable de las poblaciones, en los proyectos aprobados.

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