Buscar:
 Normativa >> Ley 52 >> Fecha 12/03/1923 >> Articulo 159
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 159     >>
Normativa - Ley 52 - Articulo 159
Ir al final de los resultados
Artículo 159    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1
159

ARTICULO 159.-El pago de la multa y la extinción del arresto no eximir n al infractor de la ejecución de la obra o medida sanitaria dispuesta o del cumplimiento de la orden dictada por el Jefe de Sanidad o por el Agente Sanitario o por el Delegado de la Subsecretaría de Higiene y Salud Pública.

Ir al inicio de los resultados