Buscar:
 Normativa >> Ley 2160 >> Fecha 25/09/1957 >> Articulo 28
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 28     >>
Normativa - Ley 2160 - Articulo 28
Ir al final de los resultados
Artículo 28
Versión del artículo: 1  de 1
28

ARTICULO 28.-

La Educación Especial requiere el uso de métodos y técnicas pedagógicas y materiales apropiados. El personal que labore en estos centros educativos deberá ser cuidadosamente seleccionado y poseer una especialización adecuada.

Ir al inicio de los resultados