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Artículo 3º.- Dentro de las normas democráticas y los principios
pedagógicos de la nueva educación, la Escuela adoptará aquellas
modalidades y características que requieran las necesidades peculiares
de cada región o comunidad, teniendo presente que la educación del
pueblo es un derecho del cual deben disfrutar todos los ciudadanos, y
que el Estado debe procurar ofrecer a todos sus habitantes lo que el
mejor padre de familia desea para su hijo en materia de educación.
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