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 Normativa >> Ley 181 >> Fecha 18/08/1944 >> Articulo 267
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Normativa - Ley 181 - Articulo 267
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Artículo 267.- Los jóvenes que hubieren cursado, con aprobación,

los cinco años de estudios, pueden aspirar al título de Bachiller en

Ciencias y Letras.

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