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 Normativa >> Ley 181 >> Fecha 18/08/1944 >> Articulo 123
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Normativa - Ley 181 - Articulo 123
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Artículo 123
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123

Artículo 123.- El director de una escuela es responsable de la marcha general de la misma y el jefe inmediato de todos los empleados de ella.

 

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