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N° 4588
LA ASAMBLEA
LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
Artículo 1º.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1970 el plazo de funcionamiento
de la Comisión integrada para estudiar la legislación penal y leyes conexas, en
relación con la Reforma Penitenciaria, a que se refiere el artículo 1º de la
ley Nº 4120 de 28 de mayo de 1968.
Se suspenden, por el
plazo indicado, los efectos de las disposiciones de los artículos 49 de la Ley
de la Administración Financiera, 13 de la Ley de Salarios del Poder Judicial,
6º de la ley Nº 2248 y Capítulo 3.01 de la Ley de Presupuesto, que se opongan
al pago de las respectivas dietas, para el normal funcionamiento de dicha
Comisión.
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