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Artículo 3º.- Dentro de la demarcación de este
parque nacional queda prohibido:
a) Talar árboles y extraer productos forestales
de cualquier especie;
b) Cazar o capturar animales silvestres o
recolectar o extraer cualquiera de sus productos o despojos;
c) Recolectar o extraer rocas: minerales,
fósiles o cualquier otro producto geológico; y
d) Recolectar o extraer cualquier objeto de
interés histórico, prehistórico o arqueológico.
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