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 Normativa >> Ley 6541 >> Fecha 19/11/1980 >> Articulo 3
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Normativa - Ley 6541 - Articulo 3
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Artículo 3    Tipo: Transitorio
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Transitorio III.- Autorízase a la Asociación de Desarrollo Universitario de Alajuela y a la de Cartago para traspasar sus rentas y bienes a los colegios universitarios de Alajuela y Cartago.

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