Buscar:
 Normativa >> Ley 5463 >> Fecha 24/12/1973 >> Articulo 10
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 10     >>
Normativa - Ley 5463 - Articulo 10
Ir al final de los resultados
Artículo 10
Versión del artículo: 1  de 1
10

Artículo 10.-La Corporación Municipal de Grecia velará por el

cumplimiento de la Ley Forestal dentro del área de la demarcación

perteneciente a este cantón y por conducto de la Dirección Forestal y de

los organismos y autoridades locales.

Ir al inicio de los resultados